Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Córdoba
Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación
Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.
¿Sabías que las madres pensionistas pueden tener una bonificación extra por tener 2 o bien más hijos? ¡Tal vez sí! Lo que seguramente no sepas es que ahora asimismo aplica en caso de padres. Mas eso no es todo: En Pérez y Bravo Abogados te ayudamos a reclamar el complemento por maternidad para hombres en Córdoba.
Como especialistas en Seguridad Social, asimismo estamos comprometidos en contribuir con la mejora de la economía familiar. Así, no estás solo en este proceso, y como consecuencia deseamos percibir tu caso de forma totalmente gratis y sin compromiso descubrirás que somos los abogados que precisas.
De esta forma, nos hemos dedicado a estudiar desde la Ley General de la Seguridad Social (LGSS); hasta las sentencias y modificaciones que han surgido entonces. ¿No sabes de qué te hablamos? Te haremos un resumen, para que sepas sobre el proceso, el cual torna posible la mejora de tus derechos como padre hoy día.
Dicha Ley brota bajo el Decreto Legislativo 8/2015; teniendo como finalidad generar mayor aporte a las mujeres que, además de recibir una pensión por determinadas condiciones ya existentes; también recibirían un ingreso extra por haber sido madres. Este complemeno era tanto para pensionistas por jubilación como para incapacidad permanente o bien viudedad.
Años después se pronunció en Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); dejando en evidencia una discriminación de género con respecto a los hombres.
¿Si esta ley es en pro de la Seguridad Social y favorece a las madres por aportar más hijos y por lo tanto asistir a sostener el sistema, qué ocurre con los progenitores que están en la misma condición? Bajo esta pregunta, se hizo una reclamación frente al tribunal mencionado; y su respuesta fue positiva. Con motivo de ello, desde el dos mil diecinueve este complemento también es una posibilidad para hombres.
¿Estás en Córdoba y cumples con los requisitos para recibir tu complemento? Contacta con nosotros y valoraremos tu caso de manera gratuita.
¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!
¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?
Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Andalucía por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Córdoba.
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¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?
Pese a que puede confundirse con un beneficio constitutivo en sí mismo, verdaderamente es un suplemento para mujeres pensionistas. Este procede por término de maternidad: Solo en caso de mujeres que tuviesen una pensión de viudedad o incapacidad permanente o jubilación.
Complemento maternidad pensión viudedad e incapacidad permanente
La sentencia del TJUE se refiere al caso de una pensión, sin embargo, las pensiones de viudedad y también incapacidad permanente al gozar de un complemento precisamente igual son del mismo modo elegibles para efectuar la reclamación.
Cómo son los complementos por hijos jubilación
Esta se ve condicionada por el “hecho causante”. De esta manera, también pudiera concederse de haberse solicitado adelantadamente una jubilación por cese profesional. No obstante, es esencial estar dentro de los primeros 5 años de dicho hecho para optar por el complemento en caso de jubilación.
Una curiosidad es que, el complemento anterior tenía ciertas limitaciones en este ámbito; dejando sin efecto para este particular a madres en el caso de jubilación parcial, de invalidez o anticipadas.
Por qué es preciso el complemento pensión por hijos
Dicho beneficio brota después de una investigación demográfico, como solución a las necesidades de la seguridad social e incentivar el incremento de poblacion. De esta manera, esto es el resultado de lo que se conoce como “aportación demográfica para la Seguridad Social”.
El nuevo complemento de paternidad
La LGSS entró en vigencia en el 2016; y para el 2017 ya existían numerosas quejas de hombres españoles que denunciaban discriminación por género. Así, en el 2019 fue dictada una sentencia del TJUE a favor de estas reclamaciones; concediéndole por primera vez a un padre recibir el complemento.
Esta misma se convirtió en jurisprudencia; razón por la que, desde entonces, si se prueba perjuicio laboral por el nacimiento o adopción de hijos; se concede el beneficio a varones.
Nuevo complemento de paternidad pensiones
Es una adaptación del nuevo complemento de maternidad, el cual tiene los mismos requisitos para proceder; sumada la necesidad de comprobar perjuicio laboral, ya que no procede automáticamente. En cuanto a la bonificación, los padres también recibirán la suma fija de 27 euros mensuales (378 euros anuales), por cada hijo que tengan; hasta un máximo de 4.
Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación
En principio, este complemento se ejecuta por descarte y a través de una reclamación de la aportación demográfica: Si la madre no está en condiciones de vulnerabilidad (o no existe tal mujer); entonces lo toma el padre. Así mismo, de estar los dos en una situación de suspensión laboral, no lo recibiría el hombre.
Por otro lado, debe mostrarse la vigencia del hecho causante (nacido entre el 2016 y 2021); para poder solicitar o pedir una jubilación por nacimiento o adopción. Así mismo, es importante hacer mención que en este caso la opción de la jubilación anticipada no se contempla, como forma de adquirir el beneficio.
Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres
Una condena por delitos de violencia ya sea a los propios hijos o a la madre de ellos; según los términos en los que la ley estipula la violencia y establece los delitos.
Un tipo de pensión parcial según el artículo 215 LGGS. Observando que, de cambiar la situación de la retribución a una de tipo completa; ya pudiese optar por el beneficio.
Que se haya privado de la patria potestad por no cumplir con sus responsabilidades.