Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Guadalajara
Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación
Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.
En el dos mil dieciseis, fue creado un novedoso suplemento que resguardaba y buscaba enmendar los desafíos económicos de las madres de España. Así es como, aquellas mujeres pensionistas (por incapacidad permanente, viudedad o jubilación); que no tuviesen un ingreso salarial, recibirían un porcentaje extra que podía ser del 5 al 1. por ciento , en caso de tener dos o más hijos.
Desde el 2019 comenzaron a presentarse sentencias que dejaban en patentiza que la ley discriminaba a los hombres por el simple hecho de serlo.
Tras las primeras sentencias positivas y el espaldarazo del TJUE, queda más que probada la discriminación ¡Ahora los hombres pensionistas asimismo pueden acceder al complemento! Por lo que se ha abierto la posibilidad de solicitar por muchos progenitores de Guadalajara para que puedan recibir una retribución justa.
En Pérez y Bravo Abogados, somos expertos en derecho de la Seguridad Social en Guadalajara y estamos involucrados en los procesos para progresar la vida de muchas familias de Guadalajara. Es por esta razón que nos dotamos de todas y cada una de las herramientas para hacer cumplir el complemento de maternidad para pensiones de jubilación asimismo para hombres.
Te asistimos a demandar el complemento de maternidad en Guadalajara contacta con nosotros y valoraremos tu caso de forma absolutamente gratis.
¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!
¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?
Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Castilla la Mancha por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Guadalajara.
¿No estás en Guadalajara?
Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Granada, Girona, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Jaén, La Coruña, Las Palmas, La Rioja, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Mallorca, Murcia, Navarra, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Tenerife, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza.
¿Estas en Guadalajara pero no en la capital?
No sólo atendemos en Guadalajara atendemos en todas las localidades de Guadalajara: Abánades, Ablanque, Adobes, Alaminos, Alarilla, Albalate de Zorita, Albares, Albendiego, Alcocer, Alcolea de las Peñas, Alcolea del Pinar, Alcoroches, Aldeanueva de Guadalajara, Algar de Mesa, Algora, Alhóndiga, Alique, Almadrones, Almoguera, Almonacid de Zorita, Alocén, Alovera, Alustante, Angón, Anguita, Anquela del Ducado, Anquela del Pedregal, Aranzueque, Arbancón, Arbeteta, Argecilla, Armallones, Armuña de Tajuña, Arroyo de las Fraguas, Atanzón, Atienza, Auñón, Azuqueca de Henares, Baides, Baños de Tajo, Bañuelos, Barriopedro, Berninches, La Bodera, Brihuega, Budia, Bujalaro, Bustares, Cabanillas del Campo, Campillo de Dueñas, Campillo de Ranas, Campisábalos, Canredondo, Cantalojas, Cañizar, El Cardoso de la Sierra, Casa de Uceda, El Casar, Casas de San Galindo, Caspueñas, Castejón de Henares, Castellar de la Muela, Castilforte, Castilnuevo, Cendejas de Enmedio, Cendejas de la Torre, Centenera, Checa, Chequilla, Chillarón del Rey, Chiloeches, Cifuentes, Cincovillas, Ciruelas, Ciruelos del Pinar, Cobeta, Cogollor, Cogolludo, Condemios de Abajo, Condemios de Arriba, Congostrina, Copernal, Corduente, El Cubillo de Uceda, Driebes, Durón, Embid, Escamilla, Escariche, Escopete, Espinosa de Henares, Esplegares, Establés, Estriégana, Fontanar, Fuembellida, Fuencemillán, Fuentelahiguera de Albatages, Fuentelencina, Fuentelsaz, Fuentelviejo, Fuentenovilla, Gajanejos, Galápagos, Galve de Sorbe, Gascueña de Bornova, Guadalajara, Henche, Heras de Ayuso, Herrería, Hiendelaencina, Hijes, Hita, Hombrados, Hontoba, Horche, Hortezuela de Océn, La Huerce, Huérmeces del Cerro, Huertahernando, Hueva, Humanes, Illana, Iniéstola, Las Inviernas, Irueste, Jadraque, Jirueque, Ledanca, Loranca de Tajuña, Lupiana, Luzaga, Luzón, Majaelrayo, Málaga del Fresno, Malaguilla, Mandayona, Mantiel, Maranchón, Marchamalo, Masegoso de Tajuña, Matarrubia, Matillas, Mazarete, Mazuecos, Medranda, Megina, Membrillera, Miedes de Atienza, La Mierla, Millana, Milmarcos, La Miñosa, Mirabueno, Miralrío, Mochales, Mohernando, Molina de Aragón, Monasterio, Mondéjar, Montarrón, Moratilla de los Meleros, Morenilla, Muduex, Las Navas de Jadraque, Negredo, Ocentejo, El Olivar, Olmeda de Cobeta, La Olmeda de Jadraque, El Ordial, Orea, Pálmaces de Jadraque, Pardos, Paredes de Sigüenza, Pareja, Pastrana, El Pedregal, Peñalén, Peñalver, Peralejos de las Truchas, Peralveche, Pinilla de Jadraque, Pinilla de Molina, Pioz, Piqueras, El Pobo de Dueñas, Poveda de la Sierra, Pozo de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Prádena de Atienza, Prados Redondos, Puebla de Beleña, Puebla de Valles, Quer, Rebollosa de Jadraque, El Recuenco, Renera, Retiendas, Riba de Saelices, Rillo de Gallo, Riofrío del Llano, Robledillo de Mohernando, Robledo de Corpes, Romanillos de Atienza, Romanones, Rueda de la Sierra, Sacecorbo, Sacedón, Saelices de la Sal, Salmerón, San Andrés del Congosto, San Andrés del Rey, Santiuste, Saúca, Sayatón, Selas, Semillas, Setiles, Sienes, Sigüenza, Solanillos del Extremo, Somolinos, El Sotillo, Sotodosos, Tamajón, Taragudo, Taravilla, Tartanedo, Tendilla, Terzaga, Tierzo, La Toba, Tordellego, Tordelrábano, Tordesilos, Torija, Torre del Burgo, Torrecuadrada de Molina, Torrecuadradilla, Torrejón del Rey, Torremocha de Jadraque, Torremocha del Campo, Torremocha del Pinar, Torremochuela, Torrubia, Tórtola de Henares, Tortuera, Tortuero, Traíd, Trijueque, Trillo, Uceda, Ujados, Utande, Valdarachas, Valdearenas, Valdeavellano, Valdeaveruelo, Valdeconcha, Valdegrudas, Valdelcubo, Valdenuño Fernández, Valdepeñas de la Sierra, Valderrebollo, Valdesotos, Valfermoso de Tajuña, Valhermoso, Valtablado del Río, Valverde de los Arroyos, Viana de Jadraque, Villanueva de Alcorón, Villanueva de Argecilla, Villanueva de la Torre, Villares de Jadraque, Villaseca de Henares, Villaseca de Uceda, Villel de Mesa, Viñuelas, Yebes, Yebra, Yélamos de Abajo, Yélamos de Arriba, Yunquera de Henares, La Yunta, Zaorejas, Zarzuela de Jadraque o Zorita de los Canes
¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?
Pese a que puede confundirse con un beneficio constitutivo en sí, realmente es un suplemento para mujeres pensionistas. Este mismo procede por término de maternidad: Solo en el caso de mujeres que tuviesen una pensión de viudedad o incapacidad permanente o bien jubilación.
Complemento maternidad pensión viudedad e incapacidad permanente
La sentencia del TJUE se refiere al caso de una pensión, no obstante, las pensiones de viudedad y también incapacidad permanente al gozar de un complemento exactamente igual son igualmente elegibles para realizar la reclamación.
Cómo son los complementos por hijos jubilación
Antes contaba con unas condiciones para proceder, que fueron revocadas en las modificaciones nuevas, en las cuales encontramos:
-
Que la jubilación adelantada voluntaria, no se hubiera tratado de hechos no imputables a la trabajadora o trabajador del cual se traten los hijos.
-
Que dicha jubilación no fuera parcial (normativa que prosigue actual).
-
Y que no se traten de jubilaciones por invalidez o bien otras afines, en tanto que se consideran una parte de pensiones no contributivas; las cuales no se tomaban en cuenta para recibir el beneficio.
Por qué es necesario el complemento pensión por hijos
La razón que tiene intrínseca el proyecto de ley es la “aportación demográfica para la Seguridad Social”. De esta forma, se persigue producir soluciones según las poblaciones y sus necesidades. Es justamente bajo este argumento por el que han prosperado las reclamaciones de hombres.
El nuevo complemento de paternidad
La LGSS entró en vigencia en el 2016; y para el 2017 ya existían numerosas quejas de hombres españoles que denunciaban discriminación por género. Así, en el 2019 fue dictada una sentencia del TJUE a favor de estas reclamaciones; concediéndole por primera vez a un padre recibir el complemento.
Esta misma se convirtió en jurisprudencia; razón por la que, desde entonces, si se prueba perjuicio laboral por el nacimiento o adopción de hijos; se concede el beneficio a varones.
Nuevo complemento de paternidad pensiones
Tiene los mismos requisitos y reglamentos que en caso de mujeres; así mismo, tampoco varía el monto a recibir. Antes se encontraba distribuido por porcentajes según la cantidad de hijos.
Ahora, las modificaciones del 2021 establecieron una cifra única para todos los casos: Se fijaron 378 euros anuales por cada hijo; y un máximo de 4 infantes por los que responder (así, si el padre tiene 5 hijos, recibirá un importe por 4 de ellos).
Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación
En principio, este complemento se ejecuta por descarte y a través de una reclamación de la aportación demográfica: Si la madre no está en condiciones de vulnerabilidad (o no existe tal mujer); entonces lo toma el padre. Así mismo, de estar los dos en una situación de suspensión laboral, no lo recibiría el hombre.
Por otro lado, debe mostrarse la vigencia del hecho causante (nacido entre el 2016 y 2021); para poder solicitar o pedir una jubilación por nacimiento o adopción. Así mismo, es importante hacer mención que en este caso la opción de la jubilación anticipada no se contempla, como forma de adquirir el beneficio.
Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres
Si ha ejercido violencia contra la madre de estos; según los términos establecidos en la ley, y se haya condenado por ello.
Si los actos violentos fueron contra los hijos; y en caso de que los delitos por violencia familiar estén denunciados y condenados.
Si ha sido privado de la patria potestad, por no haber sido responsable en el cumplimiento de sus deberes como representante del hijo en cuestión.
Si la pensión es parcial, según el artículo 215 de la LGSS.