Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Valladolid
Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación
Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.
En el dos mil dieciseis, fue creado un novedoso suplemento que protegía y procuraba enmendar los retos económicos de las madres de España. Así es como, aquellas mujeres pensionistas (por incapacidad permanente, viudedad o jubilación); que no tuviesen un ingreso salarial, recibirían un porcentaje extra que podía ser del 5 al uno por ciento , en caso de tener 2 o más hijos.
Desde el 2019 comenzaron a presentarse sentencias que dejaban en patentiza que la ley discriminaba a los hombres por el mero hecho de serlo.
Tras las primeras sentencias positivas y el espaldarazo del TJUE, queda más que demostrada la discriminación ¡Ahora los hombres pensionistas asimismo pueden acceder al complemento! Por lo que se ha abierto la posibilidad de solicitar por muchos padres de Valladolid a fin de que puedan percibir una remuneración justa.
En Pérez y Bravo Abogados, somos expertos en derecho de la Seguridad Social en Valladolid y estamos involucrados en los procesos para mejorar la vida de muchas familias de Valladolid. Es por este motivo que nos dotamos de todas las herramientas para hacer cumplir el complemento de maternidad para pensiones de jubilación también para hombres.
Te ayudamos a demandar el complemento de maternidad en Valladolid contacta con nosotros y valoraremos tu caso de forma absolutamente gratuita.
¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!
¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?
Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Castilla y León por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Valladolid.
¿No estás en Valladolid?
Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Granada, Girona, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Jaén, La Coruña, Las Palmas, La Rioja, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Mallorca, Murcia, Navarra, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Tenerife, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza.
¿Estas en Valladolid pero no en la capital?
No sólo atendemos en Valladolid atendemos en todas las localidades de Valladolid: Aguasal, Aguilar de Campos, Alaejos, Alcazarén, Aldea de San Miguel, Aldeamayor de San Martín, Almenara de Adaja, Amusquillo, Arroyo de la Encomienda, Ataquines, Bahabón, Barcial de la Loma, Barruelo del Valle, Becilla de Valderaduey, Benafarces, Bercero, Berceruelo, Berrueces, Bobadilla del Campo, Bocigas, Bocos de Duero, Boecillo, Bolaños de Campos, Brahojos de Medina, Bustillo de Chaves, Cabezón de Pisuerga, Cabezón de Valderaduey, Cabreros del Monte, Campaspero, El Campillo, Camporredondo, Canalejas de Peñafiel, Canillas de Esgueva, Carpio, Casasola de Arión, Castrejón de Trabancos, Castrillo de Duero, Castrillo-Tejeriego, Castrobol, Castrodeza, Castromembibre, Castromonte, Castronuevo de Esgueva, Castronuño, Castroponce, Castroverde de Cerrato, Ceinos de Campos, Cervillego de la Cruz, Cigales, Ciguñuela, Cistérniga, Cogeces de Íscar, Cogeces del Monte, Corcos del Valle, Corrales de Duero, Cubillas de Santa Marta, Cuenca de Campos, Curiel de Duero, Encinas de Esgueva, Esguevillas de Esgueva, Fombellida, Fompedraza, Fontihoyuelo, Fresno el Viejo, Fuensaldaña, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo, Gallegos de Hornija, Gatón de Campos, Geria, Herrín de Campos, Hornillos de Eresma, Íscar, Laguna de Duero, Langayo, Llano de Olmedo, Lomoviejo, Manzanillo, Marzales, Matapozuelos, Matilla de los Caños, Mayorga, Medina de Rioseco, Medina del Campo, Megeces, Melgar de Abajo, Melgar de Arriba, Mojados, Monasterio de Vega, Montealegre de Campos, Montemayor de Pililla, Moral de la Reina, Moraleja de las Panaderas, Morales de Campos, Mota del Marqués, Mucientes, La Mudarra, Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres, Olivares de Duero, Olmedo, Olmos de Esgueva, Olmos de Peñafiel, Palazuelo de Vedija, La Parrilla, La Pedraja de Portillo, Pedrajas de San Esteban, Pedrosa del Rey, Peñafiel, Peñaflor de Hornija, Pesquera de Duero, Piña de Esgueva, Piñel de Abajo, Piñel de Arriba, Pollos, Portillo, Pozal de Gallinas, Pozaldez, Pozuelo de la Orden, Puras, Quintanilla de Abajo o de Onésimo, Quintanilla de Arriba, Quintanilla de Trigueros, Quintanilla del Molar, Rábano, Ramiro, Renedo de Esgueva, Roales de Campos, Robladillo, Roturas, Rubí de Bracamonte, Rueda, Saelices de Mayorga, Salvador de Zapardiel, San Cebrián de Mazote, San Llorente, San Martín de Valvení, San Miguel del Arroyo, San Miguel del Pino, San Pablo de la Moraleja, San Pedro de Latarce, San Pelayo, San Román de Hornija, San Salvador, San Vicente del Palacio, Santa Eufemia del Arroyo, Santervás de Campos, Santibáñez de Valcorba, Santovenia de Pisuerga, Sardón de Duero, La Seca, Serrada, Siete Iglesias de Trabancos, Simancas, Tamariz de Campos, Tiedra, Tordehumos, Tordesillas, Torre de Esgueva, Torre de Peñafiel, Torrecilla de la Abadesa, Torrecilla de la Orden, Torrecilla de la Torre, Torrelobatón, Torrescárcela, Traspinedo, Trigueros del Valle, Tudela de Duero, La Unión de Campos, Urones de Castroponce, Urueña, Valbuena de Duero, Valdearcos de la Vega, Valdenebro de los Valles, Valdestillas, Valdunquillo, Valladolid, Valoria la Buena, Valverde de Campos, Vega de Ruiponce, Vega de Valdetronco, Velascálvaro, Velilla, Velliza, Ventosa de la Cuesta, Viana de Cega, Villabáñez, Villabaruz de Campos, Villabrágima, Villacarralón, Villacid de Campos, Villaco, Villafrades de Campos, Villafranca de Duero, Villafrechós, Villafuerte, Villagarcía de Campos, Villagómez la Nueva, Villalán de Campos, Villalar de los Comuneros, Villalba de la Loma, Villalba de los Alcores, Villalbarba, Villalón de Campos, Villamuriel de Campos, Villán de Tordesillas, Villanubla, Villanueva de Duero, Villanueva de la Condesa, Villanueva de los Caballeros, Villanueva de los Infantes, Villanueva de San Mancio, Villardefrades, Villarmentero de Esgueva, Villasexmir, Villavaquerín, Villavellid, Villaverde de Medina, Villavicencio de los Caballeros, Viloria, Wamba, Zaratán o La Zarza
¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?
Pese a que puede confundirse con un beneficio constitutivo en sí mismo, realmente es un suplemento para mujeres pensionistas. Este mismo procede por término de maternidad: Solo en el caso de mujeres que tuvieran una pensión de viudedad o bien incapacidad permanente o jubilación.
Complemento maternidad pensión viudedad y también incapacidad permanente
Las pensiones de incapacidad permanente y viudedad para mujeres asimismo se vieron aumentadas de igual manera que las de jubilación con lo que en el momento de demandar es posible hacerlo para las pensiones de este tipo.
Cómo son los complementos por hijos jubilación
Esta se ve condicionada por el “hecho causante”. De esta forma, asimismo pudiese concederse de haberse solicitado adelantadamente una jubilación por cese profesional. Sin embargo, es esencial estar en los primeros 5 años de dicho hecho para decantarse por el complemento en el caso de jubilación.
Una curiosidad es que, el complemento anterior tenía ciertas restricciones en este ámbito; dejando sin efecto para este particular a madres en el caso de jubilación parcial, de invalidez o adelantadas.
Por qué es necesario el complemento pensión por hijos
Como bien se define, esta es una aportación demográfica que busca corregir las debilidades de ciertas poblaciones. Es por ello que, una de las maneras de comparar las diferencias encontradas; y exactamente mejorar la relación de igualdad entre las poblaciones, es incluir a los hombres en el complemento.
El nuevo complemento de paternidad
Al excluir a familias donde existen padres solteros, se había creado una brecha de género; lo que se había visto representado en quejas desde el 2017. Esto, en vista de que el argumento que inició el complemento (aportación demográfica); quedaba inconcluso: Hombres con una condición idéntica, quedaban desvalidos.
Actualmente pueden acceder al complemento, pero no de forma automática: Debe demostrarse la cualidad de perjuicio laboral posterior al nacimiento o adopción de su hijo; para poder acceder al beneficio de aumento en la pensión.
Nuevo complemento de paternidad pensiones
Dicho suplemento a la pensión rige de forma idéntica en el caso de mujeres; con los lapsos y requerimientos establecidos por la ley. Anteriormente los porcentajes estaban distribuidos por la cantidad de hijos, pero eso cambió en la reforma de este año:
- Consta de una tarifa única de aproximadamente 27 euros mensuales por cada hijo; lo que se resume a 378 euros anuales.
- Se reconoce hasta 4 hijos; es decir, que el padre (o la madre), pese a que tengan 5 o 6 hijos, solo recibirán importe por 4 de ellos como máximo.
Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación
En principio, este complemento se ejecuta por descarte y a través de una reclamación de la aportación demográfica: Si la madre no está en condiciones de vulnerabilidad (o no existe tal mujer); entonces lo toma el padre. Así mismo, de estar los dos en una situación de suspensión laboral, no lo recibiría el hombre.
Por otro lado, debe mostrarse la vigencia del hecho causante (nacido entre el 2016 y 2021); para poder solicitar o pedir una jubilación por nacimiento o adopción. Así mismo, es importante hacer mención que en este caso la opción de la jubilación anticipada no se contempla, como forma de adquirir el beneficio.
Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres
Una condena por delitos de violencia ya sea a los propios hijos o a la madre de ellos; según los términos en los que la ley estipula la violencia y establece los delitos.
Un tipo de pensión parcial según el artículo 215 LGGS. Observando que, de cambiar la situación de la retribución a una de tipo completa; ya pudiese optar por el beneficio.
Que se haya privado de la patria potestad por no cumplir con sus responsabilidades.