La ciudad de Sevilla no está exenta dela ola de despidos que diariamente sufren muchos de los trabajadores españoles debido a la temporalidad de nuestro sistema. Por lo que se hace necesario que cada sevillano tenga un conocimiento básico de que es y cuáles son los tipos de despidos para que cuando se vulneren sus derechos pueda contactar con un abogado de despidos en Sevilla.
Un despido se realiza cuando el empresario dispone la ruptura de la relación laboral con el trabajador. Éstos pueden ser clasificados de acuerdo a las causas que lo provoquen en despidos objetivos, disciplinarios y colectivos. A continuación se describen brevemente cada uno de éstos.
Despidos objetivos
Son aquellos en los cuales el empresario puede dar constancia de la razón de la disminución del personal. Debe de realizarse por escrito un preaviso al trabajador con un mes de antelación en donde se justifique la causa de éste. Esta justificación puede ser de carácter laboral, técnica, organizativa, económica o de producción siendo las principales causas las siguientes.
Inadaptabilidad a las innovaciones: cuando un trabajador tiene más de dos meses que se introdujo una mejora técnica en la empresa y aun no aprende como utilizarla.
Recorte de personal: sea por razones del tipo económico como baja en las ventas, organizativas como reestructuraciones, de producción o técnicas debe estar bien justificada la necesidad de reducir costes al prescindir del trabajador.
Incompetencia del trabajador: es utilizado generalmente cuando el empresario no tiene otra causa para deshacerse del trabajador ya que es complicado demostrar la ineptitud.
Ausentismo laboral: siempre y cuando se presenten más de dos días seguidos de falta al trabajo sin justificación.
Los despidos objetivos deben ser indemnizados con 20 días de salario por cada año trabajado hasta un máximo 360 días.
Despidos disciplinarios
Son aquellos en donde se culmina la relación laboral cuando se incumple gravemente a los acuerdos contractuales y es imputable al trabajador.
Las principales causas para este tipo de despido son:
- Impuntualidad o falta al trabajo en reiteradas ocasiones de manera injustificada.
- Incumplimiento de la confianza contractual como revelar secretos comerciales, vejar u ofender a un cliente.
- Insultos o agravios al empresario, a compañeros de trabajo o familiares.
- La insubordinación o desobediencia severa sin justificación por parte del trabajador.
- Embriaguez o consumo de estupefacientes de manera recurrente y que afecte el trabajo negativamente.
- Reducción del rendimiento de trabajo de forma continua o deliberada. Es una de las causas más complicadas de demostrar.
Cuando se demuestre que el despido se debe a alguna de las causas antes descritas el trabajador no tendrá derecho a una indemnización ni salario de tramitación.
Despidos colectivos
Se considera un despido colectivo al que afecta en un período de noventa días a 10 trabajadores si la empresa tiene menos de cien. Al 10% del total de los empleados para las empresas que tienen entre cien y trescientos trabajadores. Así como treinta trabajadores en las empresas que tienen una plantilla de más de trescientos empleados. Este despido debe ser por las mismas causas que el objetivo.
Todo el personal afectado por un despido colectivo debe ser indemnizado con el equivalente a veinte días de sueldo por año trabajado hasta un máximo de 12 meses.
¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el despido?
Si como trabajador no estás de acuerdo con el despido puedes impugnar y dispones de 20 días hábiles para realizar este trámite.
Se recomienda firmar la notificación de despido e indicar por escrito que no se está conforme. Debes completar la papeleta de conciliación y entregarla en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) de tu zona.
Para llevar el caso siempre es importante contactar unos buenos abogados de despidos en Sevilla que te ayudarán a gestionar la impugnación. Además, te darán la asesoría que requieres para ganar el caso y recibir la mejor indemnización o la readmisión.
Si decides impugnar, entonces la decisión acerca de la demanda presentada recae en el juez de lo social. El cual indicará si el despido es procedente, improcedente o nulo; a continuación se explicará rápidamente cada tipo.
Despidos procedentes
Son aquellos en donde las causas argumentadas por el empresario son válidas y quedan demostradas ante un juez de lo social. En estos casos le corresponde al empresario cancelar al trabajador la indemnización establecida únicamente para los despidos colectivos y objetivos.
Despidos improcedentes
Se refiere al cese de la relación laboral que no fue aceptada por el juez de lo social debido al incumplimiento de las exigencias establecidas. O porque no se certificó la falta que se declaró, ambos aspectos corresponden a los despidos disciplinarios. Mientras que los despidos objetivos se consideran improcedentes cuando no se confirma la causa señalada.
Luego de esta sentencia del juez, el empresario dispone de dos opciones: readmitir al trabajador y pagarle el salario de tramitación. O no readmitirlo y pagarle la indemnización correspondiente.
Esta indemnización debe ser calculada de acuerdo al salario que debería percibir el trabajador según sus funciones y cargo. Por lo que si el trabajador estuvo ganando antes del despido por debajo de lo que le correspondía. La indemnización percibida será con un sueldo mayor y el cálculo correcto lo debe de hacer abogados despidos Sevilla.
Despidos nulos
Un juez puede calificar un despido como nulo cuando se realice por una razón que esté prohibida en la constitución. Así como si se han violado los derechos fundamentales del trabajador. Algunos ejemplos corresponden a despidos debido a maternidad o lactancia natural, adopción o paternidad, racismo, nacionalidad, religión u orientación sexual.
En estos casos se debe readmitir al trabajador de forma inmediata y acreditarle el salario equivalente a lo que dejó de percibir desde que fue despedido hasta que se dictó la sentencia.
Para saber si tu caso es un despido nulo o puede ser considerado improcedente por un juez te recomendamos contactara unos buenos abogados despidos Sevilla.
Eres empresario y no sabes ¿cómo deshacerte de un trabajador problemático?
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