El derecho laboral se encarga de regular todos los detalles relacionados con la relación de trabajo entre empresarios y empleados. Ocasionalmente pueden presentarse situaciones que no resulten prácticas para alguna de las partes. En ese caso, es indispensable revisar la normativa vigente para determinar cuál es el proceder adecuado. Una de estas circunstancias es cuando se reasignan las funciones laborales de los trabajadores. Cuando esto ocurre, es necesaria la asesoría de los abogados modificación de funciones.
¿Se puede reasignar la actividad laboral de un trabajador?
Esta pregunta no tiene una sola respuesta. Por supuesto, cuando el ajuste es beneficioso para ambas partes, habitualmente no hay ninguna objeción en que se realice. Este sería el caso cuándo se promueve a una persona para ejercer un cargo superior. Evidentemente, si la empresa le ofrece este puesto de trabajo es porque considera que es la persona adecuada para desempeñarlo. Al mismo tiempo, al trabajador le resultará adecuado, pues normalmente conlleva una mejora en las condiciones laborales y en el salario.
Sin embargo, cuando no hay un acuerdo sobre la modificación de funciones, es necesario revisar la legislación laboral. Cabe destacar que la normativa vigente prevé circunstancias que ameritan reasignar a los trabajadores en sus funciones. Pero esto no significa que el empresario tenga libertad absoluta para hacerlo.
Claro está, cuando la modificación de funciones no es tan significativa, en realidad no habría ninguna objeción. Esto es especialmente cierto si conlleva cierto beneficio para el trabajador implicado. Sin embargo, la situación cambia cuando se pretenden hacer cambios más significativos. En este contexto, es necesario tomar en cuenta los límites de la movilidad funcional. Si existe algún desacuerdo, será necesaria la asesoría profesional.
¿Cuándo contratar los servicios de abogados modificación de funciones?
Se puede determinar claramente en qué momento son necesarios los servicios de abogados especialistas en derecho laboral si el ajuste no toma en cuenta dos aspectos fundamentales de la modificación de funciones. En primer, se pueden reasignar las funciones de un trabajador si las nuevas tareas forman parte de las actividades ordinarias de su mismo grupo profesional. A modo de ejemplo, lo anterior significa que un contable no podrá ser reasignado a un departamento de ingeniería. De igual manera, un chófer no podrá ejercer como personal de limpieza o un arquitecto no podrá hacer el trabajo de un fontanero.
Por supuesto, si la persona implicada cuenta con dos títulos profesionales, es posible modificar sus funciones para que ejerza otra actividad. Lo anterior sin importar que sea ajena al grupo profesional que ejercía. Sin embargo, el ajuste debe representar una mejora en las condiciones laborales del trabajador y, muy probablemente, en su salario.
Por último, no puede realizarse la movilidad de funciones si la tarea asignada atenta contra la dignidad del trabajador. Este podría ser el caso si se le asignan actividades que no son acordes a su formación académica.
En cualquiera de los casos anteriores, será necesario contar con la asesoría de los abogados modificación de funciones. De esta forma, se puede determinar cuál es el procedimiento más adecuado.