Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Girona

Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación

Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación,  incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.

¿Conocías sobre esta posibilidad en caso de madres que tuviesen 2 hijos o más, declaradas con alguna incapacidad o viudedad? ¡Ya no es exclusivo de un género! Por medio de una reclamación a la seguridad social, puede conseguirse que hombres que cumplen con estos requisitos asimismo opten por el aumento.

Como sabemos que puede resultar ventajoso para la situación económica e integral de muchas familias en Girona; en Pérez y Bravo Abogados estamos comprometidos con la mejoras de pensiones. Igualmente, contamos con las herramientas y conocimiento jurídicos necesarios para solventar tu pensión; logrando la retribución que mereces conforme tus derechos.

Para entender mejor de qué forma podemos ayudarte, te pondremos en contexto: El incremento de la pensión se trata de un complemento que empezó a aplicarse en 2016. Este brotó en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), mediante el Decreto Legislativo 8/2015; y tiene como finalidad acrecentar entre el 5 y 1. por ciento las pensiones de jubilaciones de ciertas madres en España.

Dichas mujeres habían de ser progenitoras de 2 o más hijos, y comenzar a cobrar alguna incapacidad permanente, viudedad, o bien jubilación. Resultó ser un reglamento discriminatorio, observando que la cualidad de padre discapacitado, viudo o retirado también existe. Entonces, a raíz de una reclamación efectuada al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE); se aprobó por vez primera, en 2019, que un hombre recibiera este complemento.

Con esta sentencia y los cambios hechos en la ley, en Pérez y Bravo Abogados observamos la posibilidad de abogar por muchos otros hombres de Girona. Desde entonces, hemos conseguido un cúmulo de fallos positivos, que han mejorado exponencialmente la vida de muchas familias españolas; y no deseamos que tú seas la salvedad.

Es por esta razón que la primera consulta es gratis a fin de que seas tú quien verifique lo que podemos hacer por ti, sin compromiso alguno.

¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!

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    ¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?

    Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Cataluña por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Girona.

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    ¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?

    Es un aumento de pensiones en madres que; al cumplir con contrariedades como incapacidad permanente, entrada única de dinero por viudedad, o bien jubilación (así sea antes o después de tener hijos); reciben un incremento mensual por asistir al sistema cuando tienen más de 1 hijo.

    • Es una forma de mantener pensiones fructíferas, al mismo tiempo que se reconoce el trabajo de maternidad. Así, queda entendido que es una bonificación extra que se recibe con motivación de mantenimiento del sistema, pero tiene como sitio una pensión existente en mujeres españolas.

    Complemento maternidad pensión viudedad e incapacidad permanente 

    La sentencia del TJUE se refiere al caso de una pensión, sin embargo, las pensiones de viudedad e incapacidad permanente al disfrutar de un complemento exactamente igual son igualmente elegibles para efectuar la reclamación.

    Cómo son los complementos por hijos jubilación

    Esta se ve condicionada por el “hecho causante”. Así, también pudiese concederse de haberse solicitado anticipadamente una jubilación por cese profesional. No obstante, es esencial estar dentro de los primeros 5 años de dicho hecho para optar por el complemento en caso de jubilación.

    Una curiosidad es que, el complemento anterior tenía ciertas restricciones en este ámbito; dejando sin efecto para este particular a madres en el caso de jubilación parcial, de invalidez o anticipadas.

    Por qué es preciso el complemento pensión por hijos

    La razón que tiene intrínseca el proyecto de ley es la “aportación demográfica para la Seguridad Social”. De este modo, se persigue generar soluciones según las poblaciones y sus necesidades. Es justamente bajo este razonamiento por el que han prosperado las reclamaciones de hombres.

    El nuevo complemento de paternidad

    Al excluir a familias donde existen padres solteros, se había creado una brecha de género; lo que se había visto representado en quejas desde el 2017. Esto, en vista de que el argumento que inició el complemento (aportación demográfica); quedaba inconcluso: Hombres con una condición idéntica, quedaban desvalidos. 

    Actualmente pueden acceder al complemento, pero no de forma automática: Debe demostrarse la cualidad de perjuicio laboral posterior al nacimiento o adopción de su hijo; para poder acceder al beneficio de aumento en la pensión.

    Nuevo complemento de paternidad pensiones

    Dicho suplemento a la pensión rige de forma idéntica en el caso de mujeres; con los lapsos y requerimientos establecidos por la ley. Anteriormente los porcentajes estaban distribuidos por la cantidad de hijos, pero eso cambió en la reforma de este año: 

    • Consta de una tarifa única de aproximadamente 27 euros mensuales por cada hijo; lo que se resume a 378 euros anuales.
    • Se reconoce hasta 4 hijos; es decir, que el padre (o la madre), pese a que tengan 5 o 6 hijos, solo recibirán importe por 4 de ellos como máximo.

      Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación

      La jubilación debe tener como hecho causante el nacimiento o adopción del hijo (hasta el 2 de febrero del 2021), en primer lugar; así como ser padre viudo, o en quien recaiga la incapacidad o imposibilidad de trabajar. Porque, de también estar en perjuicio la profesión de la madre pensionada, el complemento lo obtiene ella.

      En todos los casos, es un beneficio que debe hacerse mediante un proceso de reclamación de la aportación demográfica. Además, no procede de forma automática; sino a través de una reclamación administrativo ante el instituto correspondiente.

      Cabe destacar, a su vez, que existe una diferenciación en este particular referente al complemento de maternidad y paternidad: Este último no se puede solicitar en caso de jubilación anticipada.

      Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres

      Que existiese violencia intrafamiliar por parte de dicho padre. Así también, debe haber sido condenado por violencia de género a la madre, o a los hijos; según las causales de las leyes que regulan estos delitos.

      Que hubiese privativa de la patria potestad en caso de incumplimiento de la manutención.

      Cuando la condición de la pensión es parcial (artículo 215 LGGS). Sin perjuicio de que al conceder la retribución en su estado completo; se acceda al complemento.

      Si la madre de sus hijos es pensionista o puede optar por la pensión y complemento (procede de forma automática para la madre, y a través de una reclamación para el padre).