Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en San Sebastián
Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación
Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.
En el dos mil dieciseis, fue creado un novedoso suplemento que resguardaba y procuraba enmendar los retos económicos de las madres de España. Es de esta forma como, aquellas mujeres pensionistas (por incapacidad permanente, viudedad o bien jubilación); que no tuvieran un ingreso salarial, recibirían un porcentaje extra que podía ser del 5 al uno por ciento , en el caso de tener 2 o más hijos.
Desde el 2019 comenzaron a presentarse sentencias que dejaban en evidencia que la ley discriminaba a los hombres por el mero hecho de serlo.
Tras las primeras sentencias positivas y el espaldarazo del TJUE, queda más que probada la discriminación ¡Ahora los hombres pensionistas asimismo pueden acceder al complemento! Con lo que se ha abierto la posibilidad de solicitar por muchos progenitores de San Sebastián para que puedan percibir una retribución justa.
En Pérez y Bravo Abogados, somos expertos en derecho de la Seguridad Social en San Sebastián y estamos implicados en los procesos para prosperar la vida de muchas familias de Guipuzcoa. Es por este motivo que nos dotamos de todas y cada una de las herramientas para hacer cumplir el complemento de maternidad para pensiones de jubilación también para hombres.
Te ayudamos a reclamar el complemento de maternidad en San Sebastián contacta con nosotros y valoraremos tu caso de forma plenamente gratuita.
¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!
¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?
Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en País vasco por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Guipuzcoa.
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¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?
Es un aumento de pensiones en madres que; al cumplir con contrariedades como incapacidad permanente, entrada única de dinero por viudedad, o jubilación (ya sea tarde o bien temprano de tener hijos); reciben un aumento mensual por asistir al sistema cuando tienen más de 1 hijo.
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Es una forma de sostener pensiones provechosas, al tiempo que se reconoce el trabajo de maternidad. Así, queda entendido que es una bonificación extra que se recibe con motivación de mantenimiento del sistema, pero tiene como sitio una pensión existente en mujeres españolas.
Complemento maternidad pensión viudedad y también incapacidad permanente
La sentencia del TJUE se refiere al caso de una pensión de jubilación, sin embargo, las pensiones de viudedad y también incapacidad permanente al gozar de un complemento precisamente igual son igualmente elegibles para efectuar la reclamación.
Cómo son los complementos por hijos jubilación
Antes contaba con unas condiciones para proceder, que fueron anuladas en las modificaciones nuevas, en las que encontramos:
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Que la jubilación anticipada voluntaria, no se hubiese tratado de hechos no imputables a la trabajadora o bien trabajador del cual se traten los hijos.
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Que dicha jubilación no fuese parcial (normativa que sigue vigente).
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Y que no se traten de jubilaciones por invalidez o bien otras afines, puesto que se consideran parte de pensiones no contributivas; las cuales no se tomaban en cuenta para recibir el beneficio.
Por qué es necesario el complemento pensión por hijos
La razón que tiene intrínseca el proyecto de ley es la “aportación demográfica para la Seguridad Social”. De este modo, se persigue generar soluciones conforme las poblaciones y sus necesidades. Es justamente bajo este razonamiento por el que han prosperado las reclamaciones de hombres.
El nuevo complemento de paternidad
La LGSS entró en vigencia en el 2016; y para el 2017 ya existían numerosas quejas de hombres españoles que denunciaban discriminación por género. Así, en el 2019 fue dictada una sentencia del TJUE a favor de estas reclamaciones; concediéndole por primera vez a un padre recibir el complemento.
Esta misma se convirtió en jurisprudencia; razón por la que, desde entonces, si se prueba perjuicio laboral por el nacimiento o adopción de hijos; se concede el beneficio a varones.
Nuevo complemento de paternidad pensiones
Tiene los mismos requisitos y reglamentos que en caso de mujeres; así mismo, tampoco varía el monto a recibir. Antes se encontraba distribuido por porcentajes según la cantidad de hijos.
Ahora, las modificaciones del 2021 establecieron una cifra única para todos los casos: Se fijaron 378 euros anuales por cada hijo; y un máximo de 4 infantes por los que responder (así, si el padre tiene 5 hijos, recibirá un importe por 4 de ellos).
Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación
La jubilación debe tener como hecho causante el nacimiento o adopción del hijo (hasta el 2 de febrero del 2021), en primer lugar; así como ser padre viudo, o en quien recaiga la incapacidad o imposibilidad de trabajar. Porque, de también estar en perjuicio la profesión de la madre pensionada, el complemento lo obtiene ella.
En todos los casos, es un beneficio que debe hacerse mediante un proceso de reclamación de la aportación demográfica. Además, no procede de forma automática; sino a través de una reclamación administrativo ante el instituto correspondiente.
Cabe destacar, a su vez, que existe una diferenciación en este particular referente al complemento de maternidad y paternidad: Este último no se puede solicitar en caso de jubilación anticipada.
Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres
Una condena por delitos de violencia ya sea a los propios hijos o a la madre de ellos; según los términos en los que la ley estipula la violencia y establece los delitos.
Un tipo de pensión parcial según el artículo 215 LGGS. Observando que, de cambiar la situación de la retribución a una de tipo completa; ya pudiese optar por el beneficio.
Que se haya privado de la patria potestad por no cumplir con sus responsabilidades.